Independientemente del conflicto armado interno que enfrenta el país, la jurisprudencia del Consejo de Estado ha establecido que el Estado a través de sus fuerzas militares también responden patrimonialmente por las acciones u omisiones que originan daños antijurídicos a las personas o victimas que no están en la obligación de soportarlas. A ello le sumamos el avance que ha tenido la jurisprudencia en temas de responsabilidad del Ejército Nacional y la influencia del bloque de constitucionalidad en el régimen de la fuerza pública en lo atinente a los derechos humanos y que en los últimos años ha generado unos costos muy altos para el Estado, encontrándonos entonces que no solamente el Estado es frágil en el ejercicio de sus funciones sino además con que cuenta con una defensa poco preparada argumentativamente para hacer frente a la problemática
palabras clave: Defensa Jurídica; daño antijurídico; responsabilidad extracontractual; riesgos patrimoniales.
Independientemente del conflicto armado interno que enfrenta el país, la jurisprudencia del Consejo de Estado ha establecido que el Estado a través de sus fuerzas militares también responden patrimonialmente por las acciones u omisiones que originan daños antijurídicos a las personas o victimas que no están en la obligación de soportarlas. A ello le sumamos el avance que ha tenido la jurisprudencia en temas de responsabilidad del Ejército Nacional y la influencia del bloque de constitucionalidad en el régimen de la fuerza pública en lo atinente a los derechos humanos y que en los últimos años ha generado unos costos muy altos para el Estado, encontrándonos entonces que no solamente el Estado es frágil en el ejercicio de sus funciones sino además con que cuenta con una defensa poco preparada argumentativamente para hacer frente a la problemática
palabras clave: Defensa Jurídica; daño antijurídico; responsabilidad extracontractual; riesgos patrimoniales.
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